¿Es indispensable la superposición de ondas en la fenomenología de la interferencia?
Román Castañeda
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Información básica
Volumen
V55 - N1 / 2022 Especial: La Óptica en Colombia
Referencia
51090
DOI
http://dx.doi.org/10.7149/OPA.55.1.51090
Idioma
English
Etiquetas
Interferencia óptica, interferencia cuántica, potencial geométrico, pozos espacialmente estructurados, entrelazamiento espacial.
Resumen
La superposición de ondas se considera el principio fenomenológico de la interferencia de la luz, como también un procedimiento preciso para calcular la probabilidad cuántica de la formación de patrones de interferencia de partículas materiales singulares. Sin embargo, no da lugar a un marco fenomenológico unificado que explique ambos tipos de interferencia. En este artículo, se propone un marco unificado que conduce a un principio único para la interferencia, tanto de ondas de luz como de partículas materiales singulares. Se muestra que el término interferencia denota el confinamiento de la irradiancia de la luz o de las partículas materiales individuales en pozos Lorentzianos, espacialmente estructurados por el potencial geométrico, el cual es determinado por la no localidad preparada en el plano de la máscara. Esta nueva descripción no recurre a la superposición de ondas, de manera que la configuración del montaje experimental juega el papel principal.